Zona económica

Lleva por apelativo “zona económica” a la extensión de mar perteneciente de cada país la cual debe llevar un número aproximado de 200 millas (aproximadamente 380 kilómetros); esta zona es llamada de esta forma debido a que se planteó que cualquier nación dueño de dicho territorio tiene el derecho de hacer explotación de todos los recursos encontrados en dicha extensión (con los puntos limítrofes antes mencionados), los recursos que pueden ser explotados son todos aquellos que sean minerales o naturales. Esta ley fue determinada según la ejecución de la III Conferencia de las naciones unidas donde tocaron el tema sobre la economía a partir de la extensión marítima; específicamente los artículos 56 y 75 son los que establecen que: la zona económica corresponde al territorio marítimo y cercanos a este, por el cual se regirá por los mandatos de la nación a la que pertenecen.

Zona económica

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La región que tiene la posibilidad de gozar la oportunidad de tener una zona económica se conoce como “Estado ribereño” y debe cumplir con algunos requisitos, los cuales son:

  1. Debe poseer derecho en cuanto a la soberanía para la explotación, exploración, administración y conservación de todos los recursos naturales que se encuentren en dicho territorio (ya sean bienes vivos o no vivos); esto aplica en las aguas por encima del lecho de la nación y el territorio donde está el subsuelo marítimo. Con la intención de realizar explotación con fines económicos para cada estado, como por ejemplo la producción de energía a partir de las corrientes de aire y agua.
  2. Autoridad para el empleo de construcción de islas artificiales o de cualquier estructura, instalación dentro de esta extensión marítima; así como también deben cumplir con la preservación y protección de la porción marítima que poseen a su poder.
  3. Cumplimiento del resto de deberes y derechos que se enlistan en la convención anteriormente mencionada; por supuesto que estén relacionadas con el territorio marítimo, abarcando: superficie, profundidad, suelo y subsuelo así como también los recursos minerales, vegetales y demás organismos vivos o no que se encuentren de la delimitación anteriormente acotada.

Es importante también mencionar que en estas porciones de mar, el estado posee libre albedrío para la instalación de tuberías y cableado, así como también la libertad de navegar sobre la superficie.

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